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Nelson Saldivia
Con la firma de un Cabo 1° de la Policía, en su carácter de director General del Comité de Intervención de Alpesca S.A., el Gobierno de Chubut rescindió el contrato de arrendamiento de los bienes de la pesquera con la empresa Red Chamber Argentina. El acuerdo data del 12 de noviembre de 2014, el cual fue celebrado por el entonces gobernador Martín Buzzi y el presidente de RCA, Marcelo Mou, y desde entonces nunca fue renovado ya que una de las cláusulas señala que será renovado con carácter sucesivo hasta que la provincia culmine con el proceso de expropiación definitivo y adquiera la propiedad y pague los bienes expropiados.
Hace una semana, con la firma del director General a cargo del Comité de Intervención de Alpesca, Matías Eduardo Miranda (Cabo 1° de la Policía del Chubut), contando con la anuencia del secretario de Pesca, Andrés Arbeletche, se notificó a la empresa que se consideraba “extinguido el Contrato de Arrendamiento de Bienes y Charteo de Buques”.
CANON DE ALQUILER
En el primer tramo de la notificación refieren al monto del canon de alquiler. “Negamos compensación alguna, toda vez que Red Chamber Argentina S.A. no ha dado cumplimiento con el contrato que une a las partes. Negamos falta de voluntad de esta parte de buscar una readecuación del contrato, toda vez que hemos establecido la suma de dólares estadounidenses (u$s 200.000) mensuales, la cual resulta equitativa, considerando que por el alquiler de los bienes productivos que uds utilizan por este vínculo contractual, obtienen ganancias millonarias. Así, las sumas que actualmente transfieren, en forma unilateral, de dólares estadounidenses (U$s15.000) mensuales, resultan totalmente desproporcionadas e implican una conducta abusiva de vuestra parte, generando un enriquecimiento sin causa a su favor. Así las cosas uds. incumplen la obligación principal en su carácter de locataria, que consiste en abonar un canon coherente con el valor de los bienes y el beneficio económico que los mismos generan”, endilgan desde el Gobierno como primer punto para rescindir el contrato.
FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES
Asimismo, -agrega la carta documento- “luego de un análisis de la situación contractual se observa: Desde el año 2014 RCA no ha puesto en operaciones o utilizado los permisos de los buques Cabo San Sebastián, Cabo Buena Esperanza, Cabo Dos Bahías, Promarsa I, todo lo cual constituye un incumplimiento flagrante al contrato de arrendamiento, puesto que el principal objetivo de la Provincia del Chubut, conforme surge del espíritu e interpretación del Contrato de Arrendamiento y de la normativa que dio lugar al mismo, era la puesta en funcionamiento de los bienes de Alpesca S.A. y la contratación de su personal. Debiendo destacar que la falta de explotación de tales activos ha conllevado menor incorporación de personal, menor generación de exportaciones y la exposición ante el Consejo Federal Pesquero de perder los permisos y CITC por falta de explotación”, alega la provincia del Chubut.
CINCO PERMISOS DE FLOTA AMARILLA
En tanto, en el siguiente ítem se menciona “que RCA ha utilizado los 5 permisos de flota amarilla de menos de 21 metros mediante la cesión de los permisos a terceras empresas, sin imponer en la cesión la obligación de contratar personal que pertenecía a Alpesca S.A., incumpliendo de tal manera la interpretación armónica (art. 1064 CCyC) del inc. III y de la Cláusula Decimo Quinta del Contrato de Arrendamiento puesto que va de suyo que el personal a incorporar en la marinería debía pertenecer a Alpesca”, reprocha el Estado a casi once años de celebrado el acuerdo.
PLAN DE NEGOCIO
La unilateral ruptura contractual aduce por otro lado que “del análisis del “Red Chamber Argentina Bussines Plan” o Plan de Negocio, surgen los siguientes compromisos, adelanto todos incumplidos:
1) “Se garantiza y se resguarda un cupo máximo de 600 personas para los primeros tres años de operaciones y hasta un tope máximo de 1000 hasta el quinto año de operaciones, quienes se incorporarán progresivamente.” Han transcurrido 10 años y RCA no a alcanzado los 600 trabajadores de Alpesca.
2) “Se prevé el arrendamiento con compromiso de compra de 5 barcos langostineros” Sin embargo la empresa cede los permisos a terceras empresas sin realizar un arrendamiento y al día de la fecha no ha adquirido los 5 buques.
3) “Plan de Inversiones 20 millones de dólares iniciales, reparación del BP Cabo Buena Esperanza 120 a 150 días; Reparación BP Cabo Dos Bahías 90 a 120 días; BP Promarsa I y II posibilidades de operar en julio de 2015” Que claramente ninguno de dichos compromisos se han cumplido y más allá de circunstancias fortuitas que puedan alegarse, han transcurrido 10 años en los cuales RCA podía reemplazar los buques. A sus vez, no hay justificación alguna en la demora en la puesta operativa del BP Promarsa I que sigue en el Puerto de Mar del Plata como cuando RCA firmó contrato con al Provincia.
4) “Se reformulará la actividad productiva histórica (de Alpesca) de un 90% de merluza, a un 50% de productos merluzeros y derivados y otro 50% de producción marisquera” que sin embargo al día de la fecha la utilización de CITC de merluza hubbsi correspondiente a Alpesca por parte de RCA ha sido muy inferior al 20% de lo disponible, generando una subexplotación que produce menos puestos de trabajo, menores ingresos al fisco por menores exportaciones y nuevamente una situación de riesgo por falta de explotación ante el Consejo Federal Pesquero.
5) “Red Chamber Co. es una empresa familiar que nace en la ciudad de Vernon, Estado de California, Estados unidos de Norteamérica en el año 1973”. “Red Chamber integra a las nuevas empresas del grupo, estableciendo los mismos parámetros de producción y calidad para todas las empresas del holding”. Reiteradamente se hace mención en el plan de negocio a Red Chamber Co., sin embargo de la información obrante en la Inspección General de Justicia de la Ciudad de Rawson, dicha empresa multinacional no tiene relación jurídica alguna con Red Chamber Argentina S.A., (ni es RCA filial, sucursal de RCCo ni RCCo es accionista de RCA S.A.), todo lo cual demuestra un accionar de mala fe puesto que la Provincia del Chubut celebró un contrato con quien aducía una solvencia económica, financiera y técnica que Red Chamber Argetina S.A. en realidad no tiene e imposta bajo el uso del nombre de Red Chamber Co.”, añade la carta documento al justificar la ruptura del acuerdo de partes que data de 2014.
APUNTAN CONTRA EX INTERVENTOR
En uno de los tramos finales de la notificación del cese contractual se cita “que el 13/07/2018 nuevamente la Secretaría de Pesca reclama el pago del canon. Que llamativamente pese a persistir los incumplimientos de RCA, al asumir el Sr. Gerardo Gaitán como Director Interventor de Alpesca disminuyen los reclamos de la Provincia pese a continuar los incumplimientos, y al ser desvinculado el mismo pasa automáticamente a cumplir funciones para RCA vulnerando lo establecido en la Ley de Ética Pública, es decir quien debía fiscalizar a RCA pasa automáticamente a ser subordinado. Pese a ello, tampoco se dio respuesta a las intimaciones efectuadas por la Secretaría de Pesca”, se alega señalando la comisión de un delito, sin que los funcionarios teniendo conocimiento del mismo lo hayan denunciado correspondientemente.
DEVOLUCIÓN DE BIENES
Finalmente, Miranda y Arbeletche le hacen saber a la empresa que “atento a lo expuesto, les hacemos saber que consideramos extinguido el Contrato de Arrendamiento de Bienes y Charteo de Buques por vencimiento del plazo establecido en la Clausula Primera y la expresa falta de voluntad de esta parte de renovar el mismo”.
“Intimamos en el plazo de 120 días corridos procedan a restituir a la Provincia la totalidad de los bienes en proceso de expropiación de Alpesca S.A. y AP Holding S.A. a la Provincia del Chubut libres de toda pertenencia de RCA y/o presencia de sus dependientes (no pertenecientes a Alpesca) o directivos”, fijan como plazo para devolver los bienes
EL ESTADO PAGARÁ LOS SUELDOS
El Interventor de Alpesca y el Secretario de Pesca piden finalmente el listado de personal, advirtiendo que el Gobierno se hará cargo de los salarios a partir de ahora. “Se les requiere remitan copia de la totalidad del último recibo de haberes del personal dependiente de RCA que pertenecía a Alpesca S.A. o copia del legajo de los mismos con sus respectivas cuentas bancarias a los efectos de garantizar oportunamente sus haberes por otros medios. Por último, se les hace saber que en el plazo de 90 días deberán amarrar los buques Promarsa III y Cabo Vírgenes en el Puerto de Madryn con su tripulación de guardia mínima, cuyos haberes serán solventados por la Provincia del Chubut”, agregan.
INICIA UN LARGO PROCESO DE JUDICIALIZACIÓN
Con todo, la ruptura unilateral de una relación contractual, como en este caso, supone que la contraparte ejercerá su derecho a defensa, primero, por la vía administrativa, como también recurrir a diversas instancias judiciales que la normativa establece.
Según confiaron fuentes de la compañía a PARTE DE PESCA, se prepara una respuesta jurídica, en la que se rechazarían los presuntos incumplimientos, de modo que, la instrumentación del cese contractual no operaría en forma inmediata.
En su defensa, la empresa atacaría la “la incompetencia de un Director General de revocar un contrato firmado por el titular del Poder Ejecutivo Provincial, con ratificación de la Legislatura de Chubut”.
En este contexto, la empresa “tiene la oportunidad de recurrir a la vía procesal y recursiva que les garantiza la ley como defensa, sin que sea posible entender que esta Carta Documento tenga efecto ejecutivo, la cual será cuestionada con un recurso de apelación”, anticiparon desde la empresa norteamericana que prepara su respuesta con su equipo interdisciplinario que “transitará todo el camino administrativo, judicial, y hasta internacional, de ser necesario”.Así las cosas, se inicia en este momento un largo proceso que hasta derivaría en extensas demandas judiciales, por lo que, traducido en los hechos, la ruptura y cese de actividades no sería una cuestión que opere en lo inmediato