Qué se sabe y qué aspectos aún no se conocen del acuerdo Mercosur-Unión Europea

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Un recorrido por los puntos claves del convenio y de cómo impactará su aplicación en la industria pesquera. Además, los detalles que aún asoman con poca luz.

La baja de la espuma que provocaron los anuncios y posicionamientos de los últimos días permite ir desmenuzando los detalles del acuerdo recientemente sellado entre el Mercosur y la Unión Europea (UE). A continuación un repaso por lo que se sabe del convenio acordado por los bloques y lo que aún se desconoce:

. Por los plazos establecidos para que cada país del bloque europeo traduzca y apruebe el acuerdo, las autoridades locales estiman que comenzará a regir en dos años.

. La ratificación requerirá tanto de la intervención del Parlamento Europeo como del cumplimiento de los procedimientos constitucionales de cada Estado miembro.

. Los productos de la pesca, que hoy pagan entre 8 y 15 por ciento de arancel para ingresar al “Viejo Continente”, quedarán liberados en un plazo que puede extenderse hasta los siete años. El plazo de desgravación dependerá de cada posición arancelaria.

. Sin embargo, tres especies: merluza (entera y en filets), calamar y vieira tendrán un arancel cero desde el primer día de aplicación del convenio.

. El beneficio irá alcanzando a otras especies, como langostino y conservas de pescado, a medida que ingresen en la canasta de desgravación prevista.

Importaciones y protocolos sanitarios

. En contrapartida, el Mercosur eliminará aranceles para el 91 por ciento de las importaciones desde la UE en plazos de 4, 8, 10 y 15 años, pero dejará excluido de este grupo a un 9 por ciento de productos sensibles.

. En cuanto a protocolos sanitarios, fitosanitarios y normas técnicas no se considerará al Mercosur todo un bloque, sino país por país, con lo cual de surgir un problema en alguno no afectará al resto.

. Además, se acordó la creación de un mecanismo de consultas bilateral que buscará resolver eventuales problemas.

. El acuerdo reconoce los compromisos internacionales asumidos en materia de medio ambiente y lucha contra la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada.

. Asimismo, establece un mecanismo para consultas que permite la participación de la sociedad civil y un panel de expertos que podrá examinar la conducta de un Estado que aplique su legislación ambiental o laboral de manera restrictiva al comercio o de manera discriminatoria.

Detalles a definir

. Habrá asistencia, capacitación y fomento para pequeñas y medianas empresas. La letra chica será determinante para ver qué alcance tienen estas medidas.

. Poco se sabe de los montos comprometidos por la Unión Europea para apuntalarlas, de cómo se van a distribuir por país y cuáles serán las prioridades.

. El tema subsidios se discutirán a futuro en el seno de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en su rol de organismo internacional competente.

. Respecto a la nomenclatura arancelaria única para Mercosur y la Unión Europea, será tratada a futuro.

. En tanto, para mejorar la competitividad de las empresas locales, la Argentina deberá mejorar su infraestructura y logística; pero fundamentalmente avanzar en su estabilidad económica y en las reformas laboral e impositiva. Qué rol asumirá el Congreso en ese sentido es todavía una incógnita