Temporal. El puerto permanece cerrado

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Fuertes vientos del sector Este rotando al Sudeste durante la tarde de ayer se acentuaron alcanzando valores de temporal; por lo que la Prefectura Naval Argentina se vio obligada a cerrar las actividades en el puerto local.

Jueves, 09/09/2021 | Puerto     

Las condiciones y los pronósticos del Servicio Meteorológico Nacional junto a las estaciones costeras, habían alarmado acerca de las condiciones reinantes desde la tarde de ayer hasta entrada la madrugada del viernes, motivo por el cual  y como es habitual cuando las condiciones meteorológicas exceden los umbrales de visibilidad y/o vientos superiores a 43km/h; por precaución en la operatividad y siguiendo patrones de seguridad para la vida humana y las embarcaciones, la Autoridad Marítima dispuso el cierre del puerto local para todas operaciones de ingreso y salida de buques; desde las 14hs del día martes hasta en tanto las condiciones no mejoren.

Se esperan aun durante la jornada de hoy, vientos sostenidos del sector Sudeste por lo que la actividad restara restringida.

Por estos momentos, están en navegación al puerto local, los buques pesqueros Don Natalio, Santa Barbara y Marianela, entre otros; que de persistir estas condiciones costeras, quedarán navegando, a media máquina para arribar en momentos mas apropiados, hasta que pase la anomalía atmosférica y se autorice su ingreso seguro a puerto. En la misma situación se encuentra el BIP Víctor Angelescu, ya habiendo terminado el relevamiento de bancos y la evaluación de biomasa de vieira total y de talla comercial en la Unidad de Manejo B para el año 2022; retornando, también, al puerto local.

La disposición que sostiene la autoridad marítima al cierre del puerto, es la ORDENANZA MARÍTIMA PNA NRO.3-1974-1 AGREGADO NRO.6 Puerto Mar del Plata “Disposiciones particulares para la seguridad de la navegación“.

2.4.    La prefectura local podrá clausurar el puerto por:

2.4.1. Vientos sostenidos mayores a 43km/h

2.4.2. Visibilidad menor a 1500 metros, dentro o fuera de las escolleras.

Ordenanza Marítima PNA Nro.3-1974-1: