Prefectura Naval Argentina, dispuso normas para el uso de propulsión a Gas en embarcaciones nacionales

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La Prefectura Naval Argentina, un paso adelante en la normativa para acompañar al desarrollo de la industria naval nacional, dispuso normas para el uso de gas en motores propulsores de buques construidos en Argentina.

Martes, 08/02/2022 | Barcos     

No hace mucho tiempo dábamos cuenta de algo que tal vez pueda parecer impracticable, pero como casi todo a través de la industrialización, el diseño y la tecnología, ya nada parece imposible.

Con la idea de bajar el impacto en el medio ambiente por emisiones espurias de combustibles fósiles pesados, existen disposiciones y sugerencias a nivel internacional para hacer un fuerte control de sustancias nocivas a la atmósfera.

En estas materias siempre es mejor adelantarse cuando se trata de algo que puede eclosionar y que nos tome desprevenidos.

En ese sentido es que la Prefectura Naval Argentina ha dispuesto una serie de medidas para posibilitar el uso de tres tipos de gases en embarcaciones que hagan tráficos nacionales e internacionales: el GLP (Gas Licuado de Propano), el GNL (Gas Natural Licuado) y el GNC (Gas Natural Comprimido).

La máxima autoridad marítima, adelantándose, ha tomado la determinación para se pueda contar con ámbito de previsibilidad a lo que puedan ser la construcciones de buques en la Argentina, aggionandose y generando el marco para que el desarrollo de la industria naval sea posible tambien con la normativa vigente de dicha autoridad.

Estas determinaciones van en un todo de acuerdo con la tendencia mundial observada sobre el uso de combustibles alternativos y eficientes y que contengan un bajo perfil contaminante, que sean esenciales para promover la transición hacia una movilidad sostenible y más limpia.

Esta nueva normativa va en sobre los rieles del código internacional de seguridad para aquellas embarcaciones que usen gases u otro tipo de combustibles de bajo punto de inflamación de acuerdo a lo que marca el Código IGF y que ha sido adoptado por el Comité de Seguridad de la Organización Marítima Internacional (OMI) a través de la resolución MSC 331/95.

El Código IGF apunta a que los buques que utilicen gases u otros combustibles sean de bajo punto de inflamación.

Desde la autoridad explicaron que ‘’dicho instrumento, de cumplimiento obligatorio a través del convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (SOLAS), establece disposiciones prescriptas para el uso de gas natural en buques de navegación internacional y funcionales para el uso de otros combustibles de bajo punto de inflamación’’.

“El uso de GLP en embarcaciones autorizadas a utilizar motores de combustión interna a explosión y aspectos de seguridad relacionados con la interfaz buque-puerto teniendo en cuenta las regulaciones establecidas por otros organismos nacionales en materia de distribución y abastecimiento a través de estaciones habilitadas en tierra”, manifestaron.

En el mes de octubre último el Gobierno Nacional anunció y de hecho ya puso en marcha líneas crediticias para la construcción de buques a través de un fondo que posibilita cubrir un gran porcentaje de esa construcción, pero que también tiene previsto un porcentaje importante para aquellos que se confeccionen con propulsión a GNL.