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POR FÉLIX SATURNINO
Esta semana comienza la última etapa del debate de la llamada “Ley Ómnibus”, que propone modificar la esencia, el corazón de la Ley 24.922, y cuya concreción o no, mantiene al sector pesquero en una crisis con forma de tormenta veraniega, que por momentos se diluye, pero que se mantiene allí, y en cualquier momento se precipita causando devastadores daños.
El contenido de las modificaciones que se proponen son vergonzosas, y sus motivaciones, -a esta altura nadie puede creer que se trata de simple desconocimiento o ingenuidad-, un negocio de implicancias internacionales, con una destrucción de miles de puestos de trabajo, empleos de quienes son los verdaderos dueños de los recursos a licitar.
En estas circunstancias, de múltiples y variopintas reuniones, se escuchan y leen hermosos discursos acerca del Mar Argentino, de la Pampa Azul, de la importancia de los trabajadores, se supone “en blanco”, de las Empresas nacionales, etc, mucha hipocresía, pocas verdades.
La redacción del Proyecto de Ley no solo muestra una pésima técnica legislativa, con errores ortográficos incluidos, sino que revela un absoluto desconocimiento de la materia que pretende regular, a tal punto que el Sr. Gobernador de Chubut ha manifestado públicamente respecto de quien se supone su redactor, que:
“ Sturzeneger sabe de pesca lo que yo sé de física nuclear” (Diario Jornada, 02 de Enero de 2024)
Justamente el Gobernador de Chubut se ha constituido en uno de los impulsores del rechazo del Capítulo Pesquero de la Ley Ómnibus, argumentando -con razón y justicia- la defensa de los trabajadores, a bordo y en tierra, los que son ignorados o desechados en la pretendida asignación/licitación de las Cuotas.
Su rol, juntamente con el resto de los Gobernadores con asientos en el Consejo Federal Pesquero (art. 8), sostienen la plena vigencia de la Ley 24.922, legislación que ha sido reconocida a nivel internacional, que ha demostrado su eficacia,
-cuando ha sido cumplida por quienes deben aplicarla-, a partir de la grave crisis del caladero nacional, con la declaración de Emergencia establecida mediante el Decreto Nº 189/1999.
Sin embargo, la Ley de Pesca de Chubut vigente, con un increíble e infundado Dictamen de la Fiscalía de Estado incluido, con el otorgamiento de 9 nuevos Permisos de langostino para Buques de 1.800 cajones, 3 nuevos artesanales de 588 cajones, y la quintuplicación de bodegas de todo el resto, está mucho más cerca de Sturzeneger, que de los dichos y deseos del Gobernador, que al anunciar un Proyecto de ley para la “Transparencia de la Obra pública”, manifestó que dejaría sin efecto solo 7 Permisos de los 12 nuevos otorgados, una derogación selectiva que arroja poca transparencia a su gestión, y un incumplimiento de su palabra.
Al exponer en el Congreso Nacional acerca de las modificaciones agropecuarias futuras, el Secretario Fernando Vilella ha afirmado que las mismas persiguen “terminar con los amigos del poder”, dando evidencias de lo ocurrido.
Si la derogación selectiva anunciada se concreta, el Gobernador no podrá decir lo mismo en la Legislatura de Chubut, ya que sería imposible probar cuáles son los motivos de tal diferenciación ?, salvo que se trate de un Club de Amigos.
Sin embargo, el Gobernador Torres ha sido claro y terminante, afirmando en estos días (06 de Enero de 2024) que, “… los que recibieron los permisos de pesca de manera espuria van a tener que responder ante la justicia porque hay responsabilidad solidaria de los empresarios que fueron parte del curro.” (sic)
El Gobernador juega este partido con una gran ventaja, existen sobradas pruebas documentales -en sede administrativa y judicial- que le permitirán probar todos y cada uno de los llamados por él, curros.
Además, si los futuros Permisos de Pesca que se otorguen, respetando la Ley que hoy defiende a capa y espada, se traducen en colegios para los chubutenses, será recordado como el Faustino Sarmiento de la Patagonia, de lo contrario, no solo perderá una gran oportunidad, sino que su palabra perderá toda credibilidad.
EN SU ENCRUCIJADA.
La Ley Federal de Pesca Nº 24.922 asegura, entre otros beneficios:
La efectiva protección de los derechos de los trabajadores.
La legalidad de los procesos públicos de otorgamiento de las Cuotas, con parámetros establecidos y registrados (art.27, Resolución SAGPYA Nº 39/2014, y Resoluciones CFP Nº 2 y 4 del año 2000)
La efectiva disminución del esfuerzo pesquero, en línea con el Código de Conducta para la Pesca Responsable.
La Ley de Pesca de Chubut IX-Nº 157, hace exactamente lo contrario, un Modelo pesquero quizás redactado por algún pariente cercano de Sturzeneger:
Elimina el Capítulo III (arts. 30 y siguientes) de la Ley anterior, que protegía justamente a los trabajadores, dejando indefensos a los mismos.
NO establece parámetros públicos de otorgamiento de los Permisos, con una Comisión conformada “a dedo”, que sesiona antes del Decreto de su constitución.
Convalida Permisos y bodegas ilegales, que han violado justamente la Ley 24.922, y la Ley Provincial Nº IX-75.
Los “permisos curros” nacidos en violación a la Ley IX-157, en la medianoche del 24 de diciembre del año 2022, hace poco más de un año, fueron otorgados -entre otros- a seis (6) “pescadores”, algunos personas físicas, otras jurídicas (una rareza chubutense), lo que podríamos llamar el GORDO DE NAVIDAD, un regalo tan anunciado como ilegal, un símbolo de hago lo que quiero porque tengo el poder para hacerlo, una muestra del VALE TODO.
El epílogo de un fraude cometido durante más de 15 años, una creación para violar la Ley 24.922 -la que hoy con justicia defiende el Sr. Gobernador-, y la Ley IX-75 (Ley de Pesca de Chubut) que prohibía el otorgamiento de nuevos Permisos de Pesca, reglados en el Capítulo III (arts. 30 y siguientes).
NO existen dudas que el Pueblo merece saber de qué se trata, ello no constituye ninguna novedad, ese derecho nació en 1810, y seguramente el Sr. Gobernador con las múltiples Auditorías que está llevando adelante, descubrirá el número y la magnitud de las violaciones a la Ley de Pesca Provincial que han existido.
La lectura necesaria, obligatoria, de los dos (2) Cuerpos del Expediente Nº 301/2013, juntamente con el Expediente Nº 1780/2006-SP, sobre el Plan de Investigaciones de Variado Costero Patagónico, y el Expediente N° 1112/17-SP, todos Expedientes PÚBLICOS que todos los chubutenses deberían poder consultar vía internet en aras del Principio de Transparencia, no solo de la Obra Pública, le permitirá hacer realidad sus promesas.
No se trata de una tarea ardua, su lectura -decenas de resoluciones COPIO Y PEGO, con una falsedad ideológica probada por los mismos Expedientes- no le demandará al Sr. Gobernador más tiempo que su almuerzo con Juanita Viale, tan necesario por su incidencia en la vida económica de Chubut, como el estudio y las decisiones que debe adoptar en este tema.
El curro del Plan de Pesca Experimental y Transitorio, que debía durar un (1) año según lo establece la propia norma que lo crea, que debió finalizar por un incumplimiento manifiesto de todos los participantes, menos uno, plagado de resoluciones nulas de nulidad absoluta, por inexistencia de causa o motivación para llevarlo a cabo, terminó con el otorgamiento de SEIS (6) PERMISOS IRRESTRICTOS (LANGOSTINO) PARA BUQUES CON UNA CAPACIDAD DE BODEGA DE 1.800 CAJONES (art.34.2, Ley IX-157), valuados -cada uno de ellos- en más de DOS MILLONES DE DOLARES por el Dr. Arcioni en Diciembre del año 2021 (frustrados Permisos Solidarios), esos Permisos forman parte de la promesa del Gobernador, y que la sociedad espera: “… los que recibieron los permisos de pesca de manera espuria van a tener que responder ante la justicia porque hay responsabilidad solidaria de los empresarios que fueron parte del curro.” (sic)
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¿ Cuándo nació y en qué consistió un Permiso Experimental y transitorio conocido como VA.CO.PA ?
Se trata de un derecho provincial (permiso experimental, precario, por 3 meses) nacido en el año 2006, que recibió el nombre de “PLAN DE INVESTIGACIONES VARIADO COSTERO PATAGONICO”, a los fines de atender laproblemática de un (1) solo buque, que al finalizar el Plan Nacional de Anchoíta creado por el Consejo Federal Pesquero (Resolución CFP N° 6/2003, Acta CFP N° 23/2005, y Resolución CFP N° 1/2005), solo contaba con un Permiso de Pesca Nacional.
El propietario/armador era un pescador, con un Buque con una eslora total de 11,98 metros, y una capacidad de bodega de 12 metros cúbicos (aprox. 150 cajones), con una necesidad concreta, obtener un Permiso Provincial, cuyo otorgamiento era legalmente imposible, y entonces, le inventaron otro, para darle alguna respuesta, la que ciertamente merecía.
Seguramente nunca imagino lo que vendría después, se estaba gestando -quizás, muy a pesar de quien tan solo quería un Permiso de Pesca Provincial para su Buque, el Gordo de Navidad…
El día 27 de septiembre del año 2006 (tres días antes del vencimiento de la última prórroga del Plan Nacional y Provincial de Anchoíta Patagónica), se dictó la Resolución Nº 327/2006-SP, entre sus fundamentos, puede leerse:
“… Que la Ley Provincial adhiere en todos sus conceptos a la Ley Nacional 24922, la cual establece los lineamientos para el desarrollo de la actividad pesquera nacional y provincial; …”
El Artículo 8 dispone que, “La Autoridad de Aplicación podrá, por causales establecidas en el plan de investigaciones y/o por incumplimiento de la legislación pesquera provincial vigente, dejar sin efecto la autorización experimental, sin que ello genere derecho alguno a reclamo por el armador y propietario de la embarcación participante”, y el Articulo 9, advierte que, “la presente autorización experimental no genera derechos para acceder a algún tipo de permiso de pesca provincial.”
La aplicación de estos DOS (2) Artículos a lo largo del PLAN ha sido vergonzosa, con beneficiados que no eran armadores y propietarios de los Buques, con lo cual, si el funcionario de turno hubiese cumplido con la Ley, no debió continuar.
Los resultados del Plan eran negativos, sin embargo, la Autoridad de pesca Provincial a cargo del Plan Experimental, decide el día 08 de Noviembre de 2007, habiendo transcurrido MÁS DE UN AÑO desde la creación de un Plan probadamente inexistente e ilegal, cuyo plazo máximo era de UN (1) AÑO, en el Artículo SEGUNDO de la Resolución Nº 328/07-SP, AUMENTAR EL NUMERO DE BUQUES a CUATRO (4), “… a efectos de brindar a otros pescadores la posibilidad de aprovechar las especies que conforman el variado costero patagónico, la Autoridad de Aplicación considera oportuno incorporar otras embarcaciones pesqueras al Plan y rediseñar el mismo buscando intensificar la toma de datos biológicos-pesquero, implementando el muestreo de las capturas en banquina y el uso de un parte de pesca lance por lance.”
El aumento del número de Buques beneficiados, no tenía ninguna razón valedera, ni legal ni científica, solo una burda y vulgar mentira, que violaba la Ley vigente, sí, la que ahora se dice debe mantenerse incólume.
Facsímil Boletín Oficial Chubut N° 12788 (17/10/2017), una de las tantas renovaciones
Las renovaciones, y prórrogas sucesivas, aluden al comienzo“… considerando cuestiones socioeconómicas como el sostén de una empresa familiar y de las familias de la tripulación, transporte y procesamiento de las capturas, …” (sic), de la Pesca Experimental del VARIADO COSTERO PATAGÓNICO, objetivo del Plan, ni noticia.
En la misma Resolución, se amplió el plazo del Plan a seis (6) meses, es decir, hasta el día 08 de mayo de 2008, y ya que estaban, también el porcentaje de langostino a capturar en el Plan Experimental y transitorio de Variado Costero Patagónico, al 75%, y con posterioridad, de modo intermitente y sin ningún criterio legal atendible, el número de beneficiados, incluso a expensas de alguno revocado.
El día 08 de mayo de 2008, se dictó la Resolución SP Nº 99/2008, cuya lectura Sr. Gobernador le recomiendo, juntamente con el Expediente N° 1112/17-SP, y las breves, idénticas e insanablemente nulas Resoluciones SP Nº 74, 76 y 96 del año 2020, todas con textos dignos de la canción de Valeria Lynch, …