Clima tenso en la temporada de langostino en Santa Cruz

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La temporada de langostino, en los últimos años, ha sido un período que exacerba el espíritu combativo de hasta el más tranquilo de los gremios.

En Santa Cruz, los ánimos comienzan a caldearse. La apertura de las Subáreas 4 y 5 ya había impactado profundamente en los trabajadores de la descarga en los puertos de Santa Cruz, como Caleta Paula y Puerto Deseado. Estos puertos quedaron alejados del caladero, y a pesar de la apertura en las Subáreas 13 y 14, los buques fresqueros encontraron más conveniente operar en puertos cercanos como Bahía Camarones y Puerto Madryn, en Chubut.

Desigualdad en la Remuneración

Este fenómeno se repite cada año, y algunos puertos resultan más competitivos simplemente por su proximidad, pero por sobre todo por la demanda de espacio, lugar en el muelle y cercanía al complejo procesador manufacturero.

Ahora, el gremio que agrupa a los trabajadores de la descarga en Santa Cruz ha intensificado su lucha contra las autoridades, exigiendo trabajo y remuneración igualitaria por igual labor que en otros puertos. Ayer fue un día clave en la defensa de sus intereses, cuando se inició un reclamo basándose en la falta de aplicación del Artículo 14 bis de la Constitución Nacional, que establece «igual trabajo por igual remuneración».

Diferencias Salariales Notables

El motivo del reclamo surge al comparar los costos operativos de descarga de buques fresqueros: en Chubut, el precio por cajón descargado es de $1.733,80, mientras que en los puertos de Santa Cruz es de $680, con una recomposición en tratativas por $970 por unidad descargada.

El centro de las críticas recae sobre el Secretario de Pesca, Harold Bark, y el Ministro de Trabajo, Julio Gutiérrez, ambos de origen kirchnerista. Se les acusa de no equiparar los jornales en todos los puertos pesqueros de Santa Cruz. Además, Puerto San Julián y Caleta Paula no tienen sindicatos de estibadores ni la documentación necesaria para ejercer una representación laboral adecuada. En Puerto Deseado, el único sindicato existente es el Sindicato Unido de Estibadores Portuarios Patagónicos (SUEPP), un sindicato regional con afiliados solo en esa localidad, lo que dificulta la firma de un Convenio Colectivo de Trabajo debido a la falta de representatividad en otras provincias.

Referencias Legales y Constitucionales

El artículo 14 bis de la Constitución Nacional y el Artículo 9 de la Ley N° 23.551 de Asociaciones Sindicales de Argentina respaldan el derecho a igual remuneración por igual trabajo. Este último establece que, «en caso de que no exista un sindicato representativo o un convenio colectivo de trabajo, se aplicará el convenio más próximo en cuanto a actividad, categoría y zona geográfica«. Además, la Ley 14.250 de Convenciones Colectivas de Trabajo y el artículo 23 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, junto con las normas de la OIT sobre igualdad de remuneración, respaldan estos derechos.

Con fuertes argumentos, los trabajadores han difundido a través de redes sociales los convenios de otras provincias y los propios, destacando un diferencial salarial significativamente desfavorable. Esto refuerza la legitimidad de su reclamo y su demanda de igualdad laboral.

En resumen, los trabajadores portuarios de Santa Cruz luchan por condiciones laborales equitativas, enfrentando la indiferencia de los funcionarios y una marcada desigualdad salarial en comparación con el igual trabajo de otras provincias.

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