Consejo Federal Pesquero. Sesión semanal, Acta Nro. 10/2024

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En una nueva sesion, se destaca el pedido formal mediante notas remitidas al CFP acerca de solicitudes de todas las Cámaras Empresarias por mantener por 15 años, el Régimen Federal de Pesca Actual.

BP Tozudo alistado para la pesca de langostino. Buque sin permiso de pesca de la especie con cuota social de PBA.

En esta nueva sesión del Consejo Federal Pesquero, acompañaron al Presidente del CFP Med. Vet. Juan Antonio López Cazorla, el representante del Poder Ejecutivo Nacional, Dr. Miguel Schmukler, la Representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, Lic. Paola Gucioni, el Representante de la Jefatura de Gabinete de Ministros (JGM), Sr. Pablo Oscar Mazzoni, y los Representantes de las provincias con litoral marítimo; de la Provincia de Buenos Aires, Dr. Carlos D. Liberman, el Representante de la Provincia de Río Negro, Dr. Sergio Paleo, la Representante de la Provincia del Chubut, Dra. Gisela Silva, el Representante de la Provincia de Santa Cruz, Ing. Ricardo Ancell Patterson, y el Representante de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Sr. Carlos Cantú.

También se encuentran presentes la Representante Suplente de la JGM, Dra. Julia

Mantinian, la Coordinadora Institucional del CFP, Lic. Karina Solá Torino, y el Asesor

Letrado, Dr. Alejo Toranzo. De esta manera quedó generada el ACTA CFP Nro.10/2024.

Con un quórum de nueve (9) miembros presentes, se da inicio a la sesión plenaria.

El primero de los temas abordados fue el Régimen de CITC, donde se adjuntó el informe del estado de sus reservas, incluyendo un detalle de las reservas sociales de la Autoridad de Aplicación y las provincias.

Cabe destacar el ingreso de notas de la mayoría de las Cámaras empresarias, (CAPeCA, CAPIP, CEPA, la Asociación de Embarcaciones de Pesca Costera y Fresquera, CAFREXPORT y UDIPA), solicitando con variados argumentos pero con un único fin, la renovación del Régimen Federal Pesquero con idéntica participación de porcentuales de la CMP de las especies cuotificadas, por 15 años a partir del 01 de enero de 2025.

En el desarrollo de la sesión, se abordaron diversos temas, tales como los estados de las reservas de CITC de merluza común así como la asignación de volumen de captura de la reserva social de su jurisdicción; debate sobre solicitudes de transferencias definitivas de CITC, informes del INIDEP sobre la temporada actual de langostinos, entre otros temas.

En cuanto a la solicitud de asignación de volumen de captura de merluza común en concepto de reserva social, observaron que no cuenta con disponibilidad la Provincia de Buenos Aires para atender esa solicitud. Ya que del mismo informe presentado, surge que la reserva social de la autoridad de aplicación cuenta con una disponibilidad de 1.165,6 toneladas. No obstante, se decide por unanimidad, trasladar 275 toneladas de la reserva mencionada a la reserva social de la Provincia de Buenos aires, y de esta última asignar:

– 25 toneladas para el BP Siempre Viejo Pancho (M.N. 02937).

– 50 toneladas para BP Portobelo I (M.N. 02699).

– 50 toneladas para BP Tabeiron Tres  (M.N. 02365).

– 50 toneladas para el BP Pucará (M.N. 01822).

– 50 toneladas para el BP Sueño Real (M.N. 01113).

– 50 toneladas para el BP Insolito (M.N. 0758).

Por otra parte, también por unanimidad, se decide aprobar la renovación anual, para el periodo de 2024 de los volúmenes de Reserva Social de la Provincia de Buenos Aires basándose en un informe elaborado por la Subsecretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de dicha provincia, sobre el cumplimiento de todas las condiciones fijadas por la Resolución CFP N° 30/2009, el Acta CFP N° 29/2015 (punto 1.2.2.) y los demás requisitos establecidos por la misma.

Las cantidades y los buques quedaron de la siguiente forma:

– 90.97 toneladas para el BP Belvedere (M.N. 01398).

– 90.97 toneladas para el BP Don Santiago (M.N. 01733).

– 90.97 toneladas para el BP Mercea C  (M.N. 0318).

– 90.97 toneladas para el BP Raffaela (M.N. 01401).

Esta asignación al igual que la resolución anterior queda sujeta a los términos y condiciones fijados en la Resolución CFP N° 30/2009, el Acta CFP N° 29/2015.

Ademas, se tomó conocimiento del informe que expone el estado de la Reserva de Administración de merluza común, cuya disponibilidad a la fecha es de 5.793,3 toneladas. Teniendo en cuenta la nómina de buques que efectuaron pedidos de volumen de captura adicional, el consumo de su CITC y del grupo empresario, el promedio de consumo por marea y las toneladas disponibles en cada uno de ellos, como así la prioridad establecida en la disposición introducida en la Resolución CFP N° 2/2024 (inciso d) para el abastecimiento de materia prima a las plantas de procesamiento en tierra, también por unanimidad, se decide asignar de la Reserva de Administración, un volumen de captura de merluza común a los busques fresqueros que así lo solicitaron y en las cantidades que se detallan a continuación, teniendo en cuenta que las interesadas deben abonar el canon de Asignación de la Reserva de Administración previsto en los artículos 15 y 16 de la Resolución CFP N° 23/2009 y se recuerda que la asignación también computará a los fines de la aplicación del artículo 13 de la resolución citada.

Matricula        Buque  Toneladas

03086  ACRUX          180

01568  ROCIO DEL MAR     140

0177    DESAFIO       200

0904    GALEMAR    530

01476  WIRON IV     270

01401  RAFFAELA   175

0352    MARCALA    400

TOTAL                      1.895

La autoridad de aplicación elevo a consideración del CFP las actuaciones de transferencia definitiva de CITC de merluza común del BP Ponte de Rande (M.N. 0244) de Costa Marina S.A., a favor del BP Luigi (M.N. 03244) de Luis Solimeno e Hijos S.A. Solicitándole que la parte interesada obtenga y registre el levantamiento de la medida cautelar informada en el año 2008.

En cuanto a las notas presentadas por CAPeCA durante fines de junio y principios del corriente mes, solicitando continuidad y renovación de la asignación de CITC, prorrogas, de merluza común, de cola y polaca, prorrogas, se realizaran reuniones de trabajo de los miembros del consejo para poder darle tratamiento a esos temas en particular.

Por su lado, el INIDEP, en plena temporada de captura de langostino en aguas de jurisdicción nacional,  presento notas correspondientes a la realización de prospección de diferentes subáreas debido a concentraciones de langostinos detectadas, así como también la recomendación de suspensión de operaciones de pesca.

Se presento información referida a los tamaños de los langostinos capturados en diferentes subárea.

En cuanto a la captura incidental de merluza, salvo el primer día de prospección, el resto se mostró que la relación M/L estuvo por debajo del 0,09 en ambas subáreas. En virtud de esto, el instituto, recomendó la habilitación a la pesca de la subárea 12 y del sector Este de la subárea 7.

Se llega a la conclusión, finalmente, que los indicadores de la pesca comercial de langostino del 23 de junio al 7 de julio pasado, período en el cual la flota estuvo sin actividad durante varios días debido a las condiciones climatológicas adversas y los días de operación mostraron movimientos aleatorios. Mientras la SA 4 estuvo activa, se obtuvieron los mejores rendimientos con un promedio de 6.521 kg/h. La subárea 11 siguió en orden de importancia, con 4.085 kg/h y fue suspendida a la pesca comercial a partir del 2/7 por el aumento sostenido del porcentaje de individuos juveniles.  Con la mejora de las condiciones climáticas, desde el 6/7 gran parte de la flota se encuentra en la SA 14.

En cuanto a los tamaños de los langostinos se muestra que;

– en la SA 4, la de mayor representación fue L1 con el 56,36%, seguida por la L2 con el 33,73% y un porcentaje acumulado de L4 y menores del 0,26%,

– en la SA 11 la categoría L2 presentó la mayor repetitividad con el 33,85% seguida de la L3 con el 29,1% y un porcentaje de L4 y menores del 18,84% que aumentó y determinó la suspensión de operatoria en dicha SA,

– en la SA 14 la categoría L2 obtuvo la mayor representatividad con el 40,07% seguida de la categoría L3 con el 27,05% mientras que el porcentaje acumulado de L4 y menores fue de 9,51%,

– en la SA 15, la categoría L2 fue la más representada con el 40,07%, las L3 y L1 presentaron valores similares cercanos al 25% y el porcentaje acumulado de L4 y menores fue de 6,32%,

– fuera del ZVPJM la categoría comercial L1 fue la más representada en las capturas con el 46,24%, seguida por la L2 con el 35,92% y un muy bajo porcentaje acumulado de L4 y menores (1,37%).

 CENTOLLA

El INIDEP, propone una regla de control de captura para la pesquería de centolla del Área Central. Esto incluiría programas de seguimiento y evaluación de indicadores, para prevenir que las tasas de mortalidad por pesca superen los límites establecidos y que las poblaciones caigan por debajo de los puntos biológicos de referencia, ajustando así los niveles de explotación de esta especie.

Esta regla de control de captura, está basada en puntos biológicos de referencia limite donde se propone que si el stock comercial se encuentra por encima del punto de referencia de biomasa del 20% pero por debajo del objetivo 40% se active un plan de reconstrucción de la población, pero por el contrario, si ese stock comercial se encuentra por debajo de ese punto de referencia limite, se suspenda la pesca comercial hasta que se pueda determinar con certeza la recuperación por encima del PBRL, autorizando únicamente su pesca para fines científicos.

A su vez, se sugiere establecer una referencia del ± 30 % del CBA entre un año y el otro, siempre que el stock comercial este por encima de ese punto de referencia limite.

Esta regla de control propuesta, se aprobó por unanimidad a fin de que pueda ser utilizada en las futuras recomendaciones anuales de capturas.

Actualmente y por el momento, al tratarse de una pesquería nueva, se encuentra en un estado saludable, las campañas que se realizan últimamente para brindar información para futuras recomendaciones de captura, dio resultados óptimos que benefician al recurso y su reproducción.

ANCHOÍTA

Por unanimidad se le asigno a la provincia de Chubut el volumen de captura requerido de 300 toneladas para el buque SIEMPRE MARÍA ELENA (M.N. 03173). Esta asignación queda sujeta a la descarga en la Provincia de Chubut, conforme a lo determinado por la Provincia e informado en la nota de la referencia, y se descuenta de las toneladas asignadas a la Provincia en la Resolución CFP N° 1/2022 (Artículo 1°, inciso b.).

VIEIRA PATAGÓNICA

Glaciar Pesquera S.A. solicito la asignación adicional del 5% UM B, manifestando que ya ha capturado el 80% de su cuota en la Unidad de Manejo B. Luego de analizar la presentación y la información brindada sobre el estado de explotación de las CITC, se decidido por unanimidad asignarle un volumen de captura de 1.200 toneladas de la especie Vieira Patagónica.

Esta decisión, queda sujeta al pago del canon previsto en los artículos 12 y 13 de la Resolución CFP N° 20/2014.

El INIDEP recomendó mediante una nota, debido a la campaña de evaluación en la UN A que se está llevando a cabo, con el objetivo de elaborar recomendaciones de la CBA prevista para fines de agosto, que para el segundo semestre del corriente año CFP N° 3/2022 equivalente a 1.305 toneladas, manteniendo las áreas allí cerradas a la pesca; y respecto del Área 1, en la que no está prevista una evaluación, recomienda establecer una CMP precautoria de 1.000 toneladas para el segundo semestre de 2024.

Por unanimidad, se decidió establecer una CMP precautoria para la UM G de 3.914 toneladas para el período anual 2024. Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2024 la prohibición de captura de vieira patagónica, establecer una CMP precautoria para el Área 1, de 2.000 toneladas para el período anual 2024 y autorizar la captura de la especie vieira patagónica en el Área 1 durante el año 2024 a:

MATRICULA BUQUE          TONELADAS

02030  ATLANTIC SURF III            500

02929  CAPESANTE 500

0537    ERIN BRUCE 500

02439  MISS TIDE     500

Quedando estas autorizaciones de captura sujetas al previo pago del canon previsto en el artículo 12 de la Resolución N° 20, de fecha 18 de diciembre de 2014, del registro del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, y sus modificatorias, de conformidad con lo establecido en la Resolución CFP N° 1/2021.

MERLUZA NEGRA

Prodesur S.A. en la última reunión del CFP expusieron las as consecuencias negativas, para la operatoria sobre la especie polaca del buque TAI AN, de la limitación de captura incidental de merluza negra dispuesta en la Resolución CFP N° 9/2023.

A solicitud del Representante de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, se retoma el tratamiento de la petición efectuada por la administrada, con la propuesta de modificar la normativa que establece el tope de captura incidental de merluza negra, limitando el mismo solamente al 1,5% del total de la captura por marea.

Para poder tratar dicha petición, se acuerda solicitar la opinión técnica del INIDEP.

PROYECTO PESQUERO

El CFP concedió la prórroga de incorporación del buque a construir FE EN DIOS I, por dieciocho (18) meses al plazo original previsto en el punto 8.1.e) del Acta CFP N° 17/2021.

La Asociación Gremial de Obreros Marítimos Unidos (AGOMU), solicita acceso a la información pública, relativa a las empresas que solicitaron asignación de la Reserva Social de la provincia de Santa Cruz, aunque por unanimidad se decide responder a esta solicitud, esa información no se encuentra en el CFP por lo tanto, debe ser requerida a las autoridades de aplicación correspondiente.

Para finalizar, se acuerda la próxima reunión para los días 31 de julio y 1 de agosto en su sede.

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