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El conflicto iniciado en agosto -y que hace un mes persistía con medidas de fuerza- entre el Sindicato Obreros Marítimos Unidos (SOMU) y las cámaras patronales de la flota congeladora de Mar del Plata y de todo el país se cerró esta semana con un acuerdo salarial que, tal como busca el gobierno nacional, después de la pérdida de poder adquisitivo de principios de año apunta a homologar salarios ligados estrictamente la evolución del proceso inflacionario.
Según informaron desde el SOMU, el acuerdo se firmó esta semana entre el secretario general Raúl Durdos y las cámaras Consejo de Empresas Pesqueras Argentinas (CEPA), la Cámara Argentina Patagónica de Industrias Pesqueras (CAPIP) y la Cámara de Armadores de Pesqueros y Congeladores (Capeca) -entre las que se encuentran poderosas firmas como Solimeno, Moscuzza, Grupo Mattera y Grupo Giorno– ante el Ministerio de Capital Humano.
Concretamente, si bien los salarios del sector no se actualizaban desde junio, el acuerdo consta de llevar el básico a $468.900 a partir de octubre y luego, a partir de noviembre, tendrían ajuste mensual por inflación hasta marzo inclusive.
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Asimismo, en un intento por compensar la desactualización salarial de julio, agosto y septiembre, en tanto, acordaron un bono no remunerativo de 200 mil pesos.
“Debemos aclarar que en el mes de marzo teníamos un básico de $200.000, y en abril aplicamos la inflación interanual no perdiendo con la inflación. Y con este aumento cerramos el primer semestre que va desde abril a septiembre con un 65.5%”, indicaron desde el sindicato que hasta el momento había acordado un 7,5% para abril, un 7% para mayo y un 6% a partir de junio.
Es decir, consta de un acuerdo similar al firmado por empresas patagónicas, pero con un 4,2% más a partir del 1° de octubre.
Es que en septiembre una de las empresas patagónicas que buscó desactivar la retención de zarpadas había acordado con el sindicato y aceptó elevar el básico a $450 mil desde el 1° de septiembre. Luego de ese mes, el acuerdo establecía que el básico se ajustaría según la inflación en torno al mes inmediatamente anterior al de la liquidación.