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Me
he ocupado durante décadas de defender la tarea de la investigación pesquera y,
con ello, a los cientÃficos y técnicos del INIDEP; ahora, una cosa es hacer
investigación independiente y otra, tener un Instituto intervenido que responde
a las consignas insustentables del Ejecutivo y colabora con el invasor
británico en Malvinas. (Cesar Lerena)
Sin
malos entendidos
Seré
preciso para evitar malos entendidos: colaborar con el invasor, es acordar con
éste la investigación conjunta de los recursos pesqueros argentinos en el
Atlántico Sur, fuera y dentro de la arbitraria y prepotente Zona de Exclusión
Británica, aportándole al Reino Unido el buque de investigación argentino
Victor Angelescu y los cientÃficos del INIDEP, formados y perfeccionados por el
Estado Nacional, acercándole a estos ocupas, toda la información pesquera
necesaria para que los ingleses sigan sosteniéndose en Malvinas, ratificando,
lo que el Director británico de Recursos Pesqueros John Barton manifestaba el
14 de marzo de 2012: «Sin las Licencias de Pesca no hubiéramos sobrevivido en
Malvinas» y, ello es asÃ, porque el 75% de los recursos económicos de las Islas
provienen de la pesca.
Nada
más evidente que los hechos: ni durante, ni una vez concluida esta
«investigación conjunta» los buques pesqueros argentinos podrán ingresar a la
zona de exclusión impuesta por los ingleses y, por el contrario, lo harán los
cientos de buques extranjeros que pescan con licencia ilegal británica.
Los
buques extranjeros depredan nuestros recursos
El
INIDEP no puede prestar información a los administradores ilegales de Malvinas
y a través de éstos a los buques extranjeros que depredan nuestros recursos
pesqueros dentro de la Zona Económica Exclusiva o fuera de ella, sobre las
especies migratorias o asociadas, extrayendo más de un millón de toneladas
anuales que provocan un desequilibrio biológico en el Atlántico Sur y compiten con productos de origen argentino en
los mercados internacionales con las empresas radicadas en el continente
argentino.
Y,
aún más, no puede prestarse información al enemigo porque lo prohÃbe la
Constitución Nacional, la Ley de Defensa Nacional y, desde lo especÃfico, la
ley 24.922. Puede resultar un poco duro utilizar la palabra enemigo para
referirse al invasor británico, pero, parece la más adecuada para definir a
«alguien que resulta contrario o antagónico a uno mismo o a lo propio» y porque
«la enemistad surge por un desacuerdo extremo e intolerante entre ambos paÃses»
que ya lleva 186 años y que, en la confrontación de 1982 por recuperar el
territorio nacional murieron 629 argentinos y quedaron más de mil heridos.
Debe
haber equilibrio entre las partes
Y,
aunque la voluntad general sea caminar hacia una amistad entre los pueblos, las
condiciones para hacerlo deben ser de equilibrio entre las partes y no la
cesión total e incondicional por parte de Argentina, mientras Gran Bretaña se
niega sistemáticamente a negociar la soberanÃa de Malvinas, a pesar de que las
N.U. y toda la comunidad internacional se lo reclame.
El
Art. 119º de la Constitución Nacional precisa: «La traición contra la Nación
consistirá únicamente en tomar las armas contra ella, o en unirse a sus
enemigos prestándoles ayuda y socorroâ¦Â».
Por
otra parte, la Ley de Defensa Nacional establece las bases jurÃdicas, orgánicas
y funcionales fundamentales para la preparación, ejecución y control de la
defensa nacional, y tiene la finalidad de «garantizar de modo permanente, la
soberanÃa e independencia de la Nación Argentina, su integridad territorial y
capacidad de autodeterminaciónâ¦Â» y esa defensa abarca, no solo los espacios
continentales, sino las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y
demás espacios insulares, marÃtimos y aéreos, asà como el Sector Antártico
Argentino y, ello constituye un derecho y un deber para todos los argentinos
(Ley 23.554 art. 2º, 5º y 6º y Ley 15.385).
La
ley no autoriza a suministrar información
Finalmente,
la Ley 24.922 solo habilita al INIDEP a cooperar con organismos nacionales y
provinciales (Art. 11º) y, por lo tanto, no está autorizada a hacerlo a
terceros paÃses y mucho menos suministrarle información que, en todos los
casos, debe ser evaluada previamente por el gobierno nacional (Art. 13º).
Al
mismo tiempo el Reino Unido está impidiendo al INIDEP establecer el Rendimiento
Máximo Sostenible Anual (Art. 12º) de todo el Atlántico Sur, porque no tiene
acceso directo y cierto de las capturas extranjeras y no puede relevar todo el
territorio marÃtimo nacional y, por lo tanto, los invasores británicos
incumplen con los art. 17º a 27º de la citada ley, depredando el recurso y
provocando «excesos en la explotación y efectos dañosos sobre el entorno y la
unidad del sistema ecológico» y, en lugar de proteger los derechos preferentes
de la Nación en la condición de Estado Ribereño (Art. 22º) el INIDEP realiza
tareas conjuntas con el Reino Unido para conocer los recursos naturales
argentinos del área de influencia de Malvinas, colocando en un plano de
igualdad a Gran Bretaña, como si se tratara de otro Estado Ribereño, sin una
disputa territorial, quebrantando todas las Res. de las N.U. relativas a la
explotación de los recursos naturales de los paÃses ocupados.
Los
ocupantes británicos explotan ilegalmente los recursos
El
Código Internacional de Conducta Responsable de la FAO precisa: «Los Estados
deberÃan adoptar las medidas de conservación, ordenación y el uso sostenible de
los recursos pesqueros. Ãstas, deberÃan basarse en los datos cientÃficos y
estar concebidas para garantizar la sostenibilidad de los recursos, promoviendo
una utilización óptima y su disponibilidad para las generaciones actuales y
futuras». Ello no es posible, mientras los ocupantes británicos exploten
ilegalmente los recursos, a través de licencias pesqueras, consolidando esta
actividad construyendo puertos con la colaboración de empresas españolas,
otorgando licencias y, constituyendo, incluso, sociedades con empresas
pesqueras de esta nacionalidad.
En
este estado, la Argentina no puede prestar cooperación alguna, porque no solo
está poniendo en juego los derechos territoriales y las toneladas que capturan
ilegalmente los buques extranjeros habitados por Gran Bretaña, sino que a la
luz del reciente Acuerdo de la Unión Europea-MERCOUR estarÃa aceptando que esas
capturas sean tratados como originarias de los Buques de Bandera (los que no
son de los Estados Ribereños), según las Reglas de Origen Sección A del citado
Acuerdo.
âEl
gobierno argentino colabora con invasoresâ
En
el momento, que, con motivo del Brexit, Gran Bretaña y con ello Malvinas, como
territorio de Ultramar de la U.E., perderán los beneficios arancelarios de
pertenecer a la Unión Europea y el MERCOSUR firma un Acuerdo al respecto, el
gobierno argentino, colabora con invasores de Malvinas a mantener su economÃa y
comercio.
Desde
la creación del INIDEP pocos directores reunieron los requisitos de la ley.
Muchos fueron delegados del Subsecretario, en otros casos éste asumió la
función y, en ocasiones, se intervino. La presente es una de ellas; pero, los
investigadores del INIDEP siempre estuvieron indicándole a los Subsecretarios
de turno los lÃmites de la sobreexplotación. Asà ocurrió con los Acuerdos Marco
con la URSS-Bulgaria, con el de la Unión Europea, con el charteo de calamar o
con el festival de permisos de merluza de entonces o del langostino de hoy.
Nunca ocurrió que se pusiese el INIDEP al servicio extranjero y mucho menos de
quienes ocupan en forma prepotente 1,6 millones de km2 de nuestro territorio
marÃtimo e insular y otorgan licencias pesqueras por 25 años.
¿El
INIDEP al servicio de los británicos?
Raramente,
el Interventor, que pone el INIDEP al servicio de los británicos, es un
Almirante retirado de la Armada, que parece conocer muy poco de soberanÃa
nacional y mucho menos de pesca, a juzgar por el rol que cumple a pie
juntillas. Su intervención en el Senado de la Nación, el pasado 18 de junio de
2019 es una prueba de ello:
Marcelo
Lobbosco, de él se trata, subrayó en esa reunión que el INIDEP «abarca la
totalidad de la problemática del Mar Argentino, por ende, tratamos cuestiones
que son también comunes a otros paÃses», dejando poco claro a qué otros paÃses
se referÃa, porque, en el Mar Argentino, hay una sola Zona Común, que es la
acordada por el Tratado del RÃo de la Plata y su Frente MarÃtimo en 1973 con la
República Oriental del Uruguay, no habiendo cuestiones comunes en el Canal del
Beagle ni en el llamado âMar de la Zona Australâ, derivadas del Tratado de Paz
y Amistad entre la Argentina y Chile, firmado en 1984. No creemos que Lobbosco
incluya dentro de esos paÃses al Reino Unido, aunque es verdaderamente
temerario en su informe cuando dice: «hicimos prospecciones -o tenemos previsto
hacerlas- dentro de la Zona Económica Exclusiva o, mejor, autotitulada
âexclusivaâ por los ingleses» al referirse al Mar Argentino que rodea a las
Malvinas.
No
existe una âZona Exclusiva Inglesaâ
No
es, ni una âZona Económica Inglesaâ ni una âZona Exclusiva Inglesaâ. Este
Interventor le da legitimidad a la Proclama Nº 4 de 1986 del Gobernador Inglés
ilegÃtimo en Malvinas, que estableció una Zona de Exclusión Pesquera denominada
«Zona Provisional de Conservación y Administración de PesquerÃas (FICZ)», un
arbitraria área de exclusión que, luego se ampliarÃa, a los lÃmites
establecidos por la CONVEMAR y, en la que -como hemos dicho- está prohibida al
ingreso de los buques pesqueros argentinos, pero, que el responsable del INIDEP
insiste en prestarle servicios a los ingleses, a través de este «Acuerdo de
Conservación Conjunta argentino-británica de los recursos marÃtimos argentinos
en el Atlántico Sur» firmado el 28 de noviembre de 1990, destinado a evaluar la
situación de los recursos pesqueros desde la altura de la PenÃnsula de Valdez
(Latitud 45ºS), por encima del Golfo de San Jorge de Chubut hasta debajo de las
Islas Sándwich del sur (Latitud 60ºS), es decir, no solo en la FICZ, sino
frente a los mares de Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego y la Antártida,
consolidando la ocupación británica en Malvinas y el Atlántico Sur y Océano
Austral.
No
hay informes de impacto
Llama
la atención que, teniendo a su cargo la totalidad de la problemática marÃtima
no haya sido convocado el INIDEP a la hora de licitar las áreas de exploración
de hidrocarburos offshore, para el impacto sÃsmico y fÃsico sobre las áreas
sensibles de los recursos, a pesar de que «es necesario una prospección antes,
durante y después» y, como bien refieren los investigadores del INIDEP si bien
«existe innumerable bibliografÃa, no es aplicable directamente a nuestros
recursos». Aunque el Sr. Lobbosco, entienda, vaya a saber con que conocimiento
académico, que estas acciones «afectan de forma diferente según la especieâ
(sic) (¿?).
También
que la Intervención no haya elaborado un informe relativo al daño ecológico que
producen las capturas ilegales en el mar argentino por parte de buques
extranjeros y, sugerido al Poder Ejecutivo Nacional, las medidas técnicas
necesarias para erradicar estas extracciones ilegales de buques españoles,
chinos, coreanos etc. con o sin licencia británica. Tal es el desorden, que, en
el caso de los cuatro stocks de calamar, del mar argentino, el más importante
el del Sur, que los investigadores del INIDEP sostienen que «es el que se
comparte con Malvinas (con los británicos en la ZEE Argentina) y, para
manejarlo, se necesitan saber todas las capturas. No puede haber un manejo
exitoso si desconocemos cuánto se pesca; mucho más cuando afuera se está
pescando más que adentro. Si acá hay 70 barcos, afuera hay 300, entonces, todo
está muy desbalanceado».
El
Rendimiento Máximo Sostenible de las Capturas le corresponde al Instituto
Por
otra parte, cuando varios asesores, en esa misma reunión, le preguntaron al
Interventor, cuál proyecto de renovación de la flota le parecÃa más adecuado, en
atención a que alguno preveÃa otorgar cuotas de pesca como incentivo,
respondió, que «esos temas, al igual que la sobreexplotación de los recursos no
le atañen al INIDEP sino a la subsecretarÃa», desconociendo, que el Rendimiento
Máximo Sostenible de las Capturas le corresponde al Instituto a su cargo, al
igual que la determinación anual de especies excedentarias y otras cuestiones
relativas a la disposición de los recursos; por cierto, opiniones que fueron
contradichas por la Directora Nacional de Investigaciones del INIDEP, que al
respecto dijo: «Nosotros elevamos todas las recomendaciones a la autoridad de
aplicación y, esta es la que concede las cuotas a la flota, es decir que esta
está limitada por la cifra que el INIDEP recomienda. Nosotros somos los
responsables de decir: se puede pescar esto».
Menos
del 20% de los buques llevan observadores
Al
tiempo que dejaba claro el propio Lobbosco, que menos del 20% de los buques
pesqueros llevan observadores y aceptaba en silencio que «estamos frente a una
reducción de personal; un dÃa de barco sale diez mil dólares, con lo cual,
imagÃnense (los asesores de los Senadores) que a veces no se cuenta con los
recursos como para hacer las campañas de todos los recursos y de todos los
datos que se necesitarÃan».
Pero
lo alucinante estaba por llegar, el Asesor del Senado disparó la pregunta clave
(a modo de anzuelo) sobre el calamar Illex argentinus, el que da sustento a los
británicos en Malvinas:
ââ¦(transcripción
oficial del Senado)
-ASESOR:
¿Para el manejo adecuado del calamar estiman necesario un 40% de escape de las
capturas para asegurar que la próxima generación de también se exitosa, no es
asÃ?
-INVESTIGADOR:
SI.
-ASESOR:
Pero hablaste también de 300 buques que están pescando afuera, de otra
nacionalidad, ¿ese 40% por ciento se escapa también?
-INVESTIGADOR:
NO, el 40% de nosotros. Nosotros indicamos: «corresponde cerrar la pesquerÃa
porque detectamos que ya estamos en el 40 por ciento de escape. ¿Quién cierra
la pesquerÃa? La Argentina»
-LOBBOSCO:
Claro.
-INVESTIGADOR:
Afuera los 300 siguen pescando. Esta es una pesquerÃa totalmente desregulada.
Nada de lo que podamos hacer nosotros acá⦠Y para el recurso es totalmente
negativo, por supuesto.
-LOBBOSCO:
Siguen pescando⦠â¦â
Un
aire de asombro y desolación envolvió a los presentes.
En
esta situación, el Sr. Interventor del INIDEP Almirante Marcelo Lobbosco sigue
colaborando para que los británicos puedan asegurarse la llegada del Calamar a
Malvinas y el sostenimiento de los usurpadores ingleses.
*Dr.
César Augusto Lerena es Experto en Atlántico Sur y Pesca, ex Secretario de
Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Ctes) ex Profesor Universidad UNNE y
FASTA, Asesor en el Senado de la Nación, Doctor en Ciencias, Consultor,
Escritor, autor de 24 libros (entre ellos âMalvinas. BiografÃa de Entregaâ) y
articulista de la especialidad